Abonar Matricula 2026
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La matricula puede ser abonada de forma online por transferencia bancaria al número de cuenta que se detalla a continuación. Por favor una vez realizado el pago enviar comprobante al
whatsapp 3765-176817 indicando su número de Matricula.
CUENTA CORRIENTE N° 3-014-00000225834
BANCO MACRO-SUCURSAL 14
ALIAS: ANANA.LODO.BROMA
CBU: 2850014030000002258347
CUIT 30-56354243-4-EXENTO
NOMBRE-CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA DE MISIONES
Después de realizar el depósito, por favor enviar el comprobante
📘 Derecho Anual del Ejercicio Profesional
⌄🧾 Derecho Anual del Ejercicio Profesional
El Derecho Anual del Ejercicio Profesional es el pago obligatorio que deben realizar los profesionales matriculados para ejercer legalmente durante el año 2026 en la Provincia de Misiones.
Aplicación: Ejercicio profesional año 2026
Este derecho debe abonarse todos los años y es independiente del Derecho de Inscripción, el cual se paga por única vez al ingresar al CPIM.
El valor podrá ser actualizado durante el año conforme a lo establecido en los artículos siguientes de la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
💳 Bonificación del 30% por Pago Contado Anticipado
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 30% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que abonen dicho derecho en un solo pago, dentro del plazo establecido.
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Hasta el 31 de diciembre de 2025
Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $180.600, según el valor base vigente.
💳 Bonificación del 20% por Pago Contado
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 20% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que realicen el pago en un solo pago, dentro del período establecido.
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Desde el 1 de enero hasta el 29 de febrero de 2026
Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $206.400, según el valor base vigente.
💳 Bonificación del 10% por Pago Contado
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 10% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que realicen el pago en un solo pago, dentro del período establecido.
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Desde el 1 de marzo hasta el 29 de abril de 2026
Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $232.200, según el valor base vigente.
💳 Medios de Pago Habilitados
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 habilita todos los medios de pago digitales y sistemas de financiamiento de terceros para el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.
• Pagos digitales
• Plataformas electrónicas
• Financiamiento de terceros
• Convenios vigentes informados por el CPIM
Las condiciones, promociones y planes de pago dependerán de cada proveedor o entidad financiera, conforme a los convenios vigentes al momento del pago.
📆 Pago del Derecho Anual en 12 Cuotas
El profesional podrá optar por el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional en 12 cuotas mensuales, con vencimiento el día 10 de cada mes.
1° cuota: 01/01/2026
2° cuota: 10/02/2026
3° cuota: 10/03/2026
4° cuota: 10/04/2026
5° cuota: 10/05/2026
6° cuota: 10/06/2026
7° cuota: 10/07/2026
8° cuota: 10/08/2026
9° cuota: 10/09/2026
10° cuota: 10/10/2026
11° cuota: 10/11/2026
12° cuota: 10/12/2026
Las cuotas podrán ser actualizadas en los meses de marzo, junio y septiembre, entrando en vigencia el nuevo valor a partir del mes siguiente.
Las cuotas ya abonadas no se modifican. Solo se actualizan las cuotas futuras pendientes de pago.
Para adherirse o mantenerse en el sistema de pago financiado, el profesional debe tener todas las cuotas vencidas al día y cumplir con los vencimientos futuros.
🔄 Actualización del valor bonificado
El valor del Derecho de Inscripción con bonificación, establecido en el Artículo Nº3, podrá ser actualizado por resolución del CPIM durante el año.
Marzo – Junio – Septiembre
En caso de existir una actualización, el nuevo valor entrará en vigencia a partir del mes siguiente al de la resolución correspondiente.
Las actualizaciones se realizan acompañando la inflación del período transcurrido y se comunican oficialmente mediante resolución del CPIM.
La bonificación continuará siendo del 50%; lo que se actualiza es el monto base sobre el cual se aplica.
💯 Bonificación del Derecho Anual – Ingenieros Ingresantes
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros ingresantes, bajo las siguientes condiciones.
Ingenieros que se presenten dentro del primer año desde la fecha de recepción de su título universitario.
Esta bonificación implica que el profesional no deberá abonar el Derecho Anual correspondiente al período alcanzado por la bonificación.
Para acceder, el profesional debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, acompañada de la documentación respaldatoria.
Esta bonificación se aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.
🎯 Bonificación del 50% del Derecho Anual – Ingenieros
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros que se encuentren dentro del segundo año desde la recepción de su título universitario.
Ingenieros que se presenten dentro del segundo año desde la fecha de recepción del título universitario.
Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es del 50% del valor vigente.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, junto con la documentación correspondiente.
Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.
💯 Bonificación del Derecho Anual – Técnicos Ingresantes
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para profesionales técnicos ingresantes, bajo las condiciones que se detallan a continuación.
Profesionales técnicos que se presenten dentro de los dos (2) años desde la fecha de recepción de su título secundario o terciario.
Esta bonificación implica que el profesional técnico no deberá abonar el Derecho Anual correspondiente al período alcanzado por la bonificación.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, junto con la documentación respaldatoria.
Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.
🎯 Bonificación del 50% del Derecho Anual – Técnicos
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para profesionales técnicos que se encuentren dentro del tercer año desde la recepción de su título.
Profesionales técnicos que se presenten dentro del tercer año desde la fecha de recepción del título secundario o terciario.
Con esta bonificación, el profesional técnico deberá abonar el 50% del valor vigente del Derecho Anual.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, acompañada de la documentación correspondiente.
Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.
🏢 Bonificación del 50% – Profesionales en Relación de Dependencia
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que ejerzan exclusivamente en relación de dependencia.
Ingenieros y técnicos que acrediten ejercicio profesional exclusivo en relación de dependencia.
Con esta bonificación, el profesional deberá abonar el 50% del valor vigente del Derecho Anual.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, adjuntando el último recibo de sueldo.
Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.
🧾 Inscripción
⌄🧾 Derecho de Inscripción
El Derecho de Inscripción corresponde al pago obligatorio que deben realizar los profesionales que se inscriben por primera vez en el Consejo Profesional de Ingeniería de Misiones.
Vigencia: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
Este derecho se abona una sola vez y es independiente del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.
Existen bonificaciones según la situación del profesional, las cuales deben solicitarse por correo electrónico, conforme a la resolución vigente.
🔄 Actualización del valor
El valor del Derecho de Inscripción podrá ser actualizado por resolución del CPIM durante el año 2026.
Marzo – Junio – Septiembre
En caso de existir una actualización, el nuevo valor entrará en vigencia a partir del mes siguiente al de la resolución.
Las actualizaciones se realizan acompañando la inflación del período transcurrido y se comunican oficialmente a través del CPIM.
Los profesionales que hayan abonado el derecho antes de la actualización no se ven afectados por el nuevo valor.
🎓 Bonificación del Derecho de Inscripción
La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% sobre el Derecho de Inscripción para profesionales ingresantes, según las condiciones detalladas a continuación.
Inscripción dentro del primer año desde la recepción del título universitario.
Inscripción dentro del segundo año desde la recepción del título secundario o terciario.
En ambos casos, el monto a abonar con bonificación es de $129.000.
Esta bonificación se aplica únicamente al Derecho de Inscripción y se otorga por única vez.
⏸️ Suspensión de Matrícula
⌄⏸️ Suspensión de Matrícula
El profesional podrá solicitar la suspensión temporal de su matrícula por razones particulares, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
Para solicitar la suspensión, el profesional deberá haber abonado el 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.
Los profesionales que se encuentren bajo un sistema de pago financiado deberán continuar abonando las cuotas hasta cancelar la totalidad del Derecho Anual, aun cuando la suspensión haya sido solicitada.
Una vez abonado el total del Derecho Anual, la matrícula suspendida no generará nuevas deudas, permaneciendo inhabilitada hasta que el profesional solicite el levantamiento de la suspensión.
El pedido de suspensión deberá realizarse mediante nota enviada por correo electrónico. Se permite un máximo de dos (2) solicitudes de suspensión por año.
El levantamiento de la suspensión y la rehabilitación del ejercicio profesional deberán solicitarse por nota enviada por correo electrónico.
🧾 Regularización de Matrícula
⌄🧾 Regularización de Matrícula
Los profesionales que presenten deudas del Derecho Anual del Ejercicio Profesional correspondientes a años anteriores podrán regularizar su situación conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Se deberán abonar como máximo dos (2) años anteriores.
• Los valores se rigen por los Artículos Nº4 y Nº5 de la resolución.
Para acceder a la regularización, el profesional deberá presentar una Declaración Jurada de NO Ejercicio Profesional durante los períodos adeudados.
🛠️ Moratoria Especial / Plan Especial de Pago
⌄🛠️ Moratoria Especial / Plan Especial de Pago
Los profesionales que presenten deudas del Derecho Anual del Ejercicio Profesional y requieran un tratamiento particular del monto adeudado, podrán solicitar una moratoria especial o plan especial de pago, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Mediante nota formal
• Enviada por correo electrónico
• Detallando la situación particular del profesional
La solicitud será evaluada por la Comisión Directiva del CPIM y, en caso de ser aprobada, se instrumentará mediante una resolución.
⚖️ Incumplimiento de Moratorias o Planes Especiales
El incumplimiento reiterado de una moratoria especial o plan especial de pago, aprobado mediante resolución del CPIM, podrá dar lugar a la intervención del Tribunal de Ética del Consejo, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Aplica únicamente a moratorias o planes especiales aprobados.
• Se considera incumplimiento reiterado el no respeto de las condiciones acordadas en más de una oportunidad.
📌 Deudas del Derecho Anual 2025
⌄📌 Deudas del Derecho Anual 2025
Para los profesionales que adeuden el Derecho Anual del Ejercicio Profesional correspondiente al año 2025, la Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece que se mantendrán los valores vigentes al 29 de abril de 2026.
• Aplica únicamente a deudas del año 2025.
• No se aplican actualizaciones posteriores a la fecha indicada.
🎓 Registro de Títulos de Posgrado o Especialización
⌄🎓 Registro de Profesionales de Formación Profesional
Los profesionales que presenten títulos de formación profesional no comprendidos en la Ley I Nº 11 deberán realizar el registro correspondiente ante el CPIM, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.
A dicho valor se le aplica una bonificación del 50%, siempre que el profesional cumpla con los requisitos establecidos en las resoluciones pertinentes.
🎓 Registro de Títulos de Posgrado o Especialización
Los profesionales que presenten un título de posgrado o especialización deberán realizar el registro correspondiente ante el CPIM, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.
A dicho valor se le aplica una bonificación del 50%, siempre que el profesional tenga al día el Derecho Anual del Ejercicio Profesional.
🏢 Registro de Empresas
⌄🏢 Registro de Empresas
Las empresas que soliciten su registro ante el Consejo Profesional de Ingeniería deberán abonar el Derecho de Registro de Empresa, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.
🏗️ Bonificación para Empresas de Cámaras de la Construcción
Las empresas que se encuentren asociadas a Cámaras de la Construcción podrán acceder a una bonificación del 50% sobre el Derecho de Registro de Empresa, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.
• Aplica al Derecho de Registro de Empresa (Artículo Nº24).
• Bonificación del 50% sobre el valor vigente.
Para acceder a este beneficio, la empresa deberá acreditar su asociación a una Cámara de la Construcción reconocida.
🏅 Matrícula Vitalicia
⌄🏅 Matrícula en Condición de Vitalicio
Los profesionales que se encuentren en condición de Vitalicio, conforme a la Resolución CPIM N.º 534/99, tienen condonado el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.
• Condona el 100% del Derecho Anual.
• No genera deuda por dicho concepto.
Para poder ejercer profesionalmente, el profesional vitalicio deberá solicitar anualmente al Consejo su estado de matrícula habilitada.
El trámite debe realizarse mediante nota de solicitud enviada por correo electrónico, todos los años.
35 Años de Matriculado
30 Años de aportes constantes
65 Años cumplidos
