MATRICULA 2026

Abonar Matricula 2026

La matricula puede ser abonada de forma online por transferencia bancaria al número de cuenta que se detalla a continuación. Por favor una vez realizado el pago enviar comprobante al
whatsapp 3765-176817 indicando su número de Matricula.
CUENTA CORRIENTE N° 3-014-00000225834
BANCO MACRO-SUCURSAL 14
ALIAS: ANANA.LODO.BROMA
CBU: 2850014030000002258347
CUIT 30-56354243-4-EXENTO
NOMBRE-CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA DE MISIONES
Después de realizar el depósito, por favor enviar el comprobante

📘 Derecho Anual del Ejercicio Profesional

🧾 Derecho Anual del Ejercicio Profesional

El Derecho Anual del Ejercicio Profesional es el pago obligatorio que deben realizar los profesionales matriculados para ejercer legalmente durante el año 2026 en la Provincia de Misiones.

Monto base: $258.000
Aplicación: Ejercicio profesional año 2026

Este derecho debe abonarse todos los años y es independiente del Derecho de Inscripción, el cual se paga por única vez al ingresar al CPIM.

El valor podrá ser actualizado durante el año conforme a lo establecido en los artículos siguientes de la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

💳 Bonificación del 30% por Pago Contado Anticipado

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 30% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que abonen dicho derecho en un solo pago, dentro del plazo establecido.

Condiciones para acceder:
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Hasta el 31 de diciembre de 2025

Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $180.600, según el valor base vigente.

⚠️ Esta bonificación aplica únicamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional, no es válida para pagos en cuotas ni para pagos realizados fuera del plazo establecido.

💳 Bonificación del 20% por Pago Contado

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 20% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que realicen el pago en un solo pago, dentro del período establecido.

Condiciones para acceder:
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Desde el 1 de enero hasta el 29 de febrero de 2026

Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $206.400, según el valor base vigente.

⚠️ Esta bonificación aplica únicamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional. No es válida para pagos en cuotas ni para pagos realizados fuera del período indicado.

💳 Bonificación del 10% por Pago Contado

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 10% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que realicen el pago en un solo pago, dentro del período establecido.

Condiciones para acceder:
• Pago en un solo pago
• Medios: efectivo, débito o transferencia
• Desde el 1 de marzo hasta el 29 de abril de 2026

Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es de $232.200, según el valor base vigente.

⚠️ Esta bonificación aplica únicamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional. No es válida para pagos en cuotas ni para pagos realizados fuera del período indicado.

💳 Medios de Pago Habilitados

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 habilita todos los medios de pago digitales y sistemas de financiamiento de terceros para el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.

Medios habilitados:
• Pagos digitales
• Plataformas electrónicas
• Financiamiento de terceros
• Convenios vigentes informados por el CPIM

Las condiciones, promociones y planes de pago dependerán de cada proveedor o entidad financiera, conforme a los convenios vigentes al momento del pago.

⚠️ Esta habilitación aplica únicamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no modifica los valores ni las bonificaciones establecidas en la resolución.

📆 Pago del Derecho Anual en 12 Cuotas

El profesional podrá optar por el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional en 12 cuotas mensuales, con vencimiento el día 10 de cada mes.

Vencimientos 2026:
1° cuota: 01/01/2026
2° cuota: 10/02/2026
3° cuota: 10/03/2026
4° cuota: 10/04/2026
5° cuota: 10/05/2026
6° cuota: 10/06/2026
7° cuota: 10/07/2026
8° cuota: 10/08/2026
9° cuota: 10/09/2026
10° cuota: 10/10/2026
11° cuota: 10/11/2026
12° cuota: 10/12/2026

Las cuotas podrán ser actualizadas en los meses de marzo, junio y septiembre, entrando en vigencia el nuevo valor a partir del mes siguiente.

⚠️ El pago en cuotas financiado por CPIM NO permite acceder a bonificaciones, incluso en caso de adelanto de cuotas.

Las cuotas ya abonadas no se modifican. Solo se actualizan las cuotas futuras pendientes de pago.

Para adherirse o mantenerse en el sistema de pago financiado, el profesional debe tener todas las cuotas vencidas al día y cumplir con los vencimientos futuros.

🔄 Actualización del valor bonificado

El valor del Derecho de Inscripción con bonificación, establecido en el Artículo Nº3, podrá ser actualizado por resolución del CPIM durante el año.

Meses de actualización:
Marzo – Junio – Septiembre

En caso de existir una actualización, el nuevo valor entrará en vigencia a partir del mes siguiente al de la resolución correspondiente.

Las actualizaciones se realizan acompañando la inflación del período transcurrido y se comunican oficialmente mediante resolución del CPIM.

La bonificación continuará siendo del 50%; lo que se actualiza es el monto base sobre el cual se aplica.

💯 Bonificación del Derecho Anual – Ingenieros Ingresantes

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros ingresantes, bajo las siguientes condiciones.

¿Quiénes acceden?
Ingenieros que se presenten dentro del primer año desde la fecha de recepción de su título universitario.

Esta bonificación implica que el profesional no deberá abonar el Derecho Anual correspondiente al período alcanzado por la bonificación.

⚠️ La bonificación NO es automática.
Para acceder, el profesional debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, acompañada de la documentación respaldatoria.

Esta bonificación se aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.

🎯 Bonificación del 50% del Derecho Anual – Ingenieros

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros que se encuentren dentro del segundo año desde la recepción de su título universitario.

¿Quiénes acceden?
Ingenieros que se presenten dentro del segundo año desde la fecha de recepción del título universitario.

Con esta bonificación, el monto a abonar del Derecho Anual es del 50% del valor vigente.

⚠️ La bonificación NO es automática.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, junto con la documentación correspondiente.

Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.

💯 Bonificación del Derecho Anual – Técnicos Ingresantes

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para profesionales técnicos ingresantes, bajo las condiciones que se detallan a continuación.

¿Quiénes acceden?
Profesionales técnicos que se presenten dentro de los dos (2) años desde la fecha de recepción de su título secundario o terciario.

Esta bonificación implica que el profesional técnico no deberá abonar el Derecho Anual correspondiente al período alcanzado por la bonificación.

⚠️ La bonificación NO es automática.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, junto con la documentación respaldatoria.

Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.

🎯 Bonificación del 50% del Derecho Anual – Técnicos

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para profesionales técnicos que se encuentren dentro del tercer año desde la recepción de su título.

¿Quiénes acceden?
Profesionales técnicos que se presenten dentro del tercer año desde la fecha de recepción del título secundario o terciario.

Con esta bonificación, el profesional técnico deberá abonar el 50% del valor vigente del Derecho Anual.

⚠️ La bonificación NO es automática.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, acompañada de la documentación correspondiente.

Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.

🏢 Bonificación del 50% – Profesionales en Relación de Dependencia

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional para ingenieros y técnicos que ejerzan exclusivamente en relación de dependencia.

¿Quiénes acceden?
Ingenieros y técnicos que acrediten ejercicio profesional exclusivo en relación de dependencia.

Con esta bonificación, el profesional deberá abonar el 50% del valor vigente del Derecho Anual.

⚠️ La bonificación NO es automática.
Para acceder, se debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, adjuntando el último recibo de sueldo.

Esta bonificación aplica exclusivamente al Derecho Anual del Ejercicio Profesional y no incluye el Derecho de Inscripción.

🧾 Inscripción

🧾 Derecho de Inscripción

El Derecho de Inscripción corresponde al pago obligatorio que deben realizar los profesionales que se inscriben por primera vez en el Consejo Profesional de Ingeniería de Misiones.

Monto: $258.000
Vigencia: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026

Este derecho se abona una sola vez y es independiente del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.

Existen bonificaciones según la situación del profesional, las cuales deben solicitarse por correo electrónico, conforme a la resolución vigente.

🔄 Actualización del valor

El valor del Derecho de Inscripción podrá ser actualizado por resolución del CPIM durante el año 2026.

Meses de revisión:
Marzo – Junio – Septiembre

En caso de existir una actualización, el nuevo valor entrará en vigencia a partir del mes siguiente al de la resolución.

Las actualizaciones se realizan acompañando la inflación del período transcurrido y se comunican oficialmente a través del CPIM.

Los profesionales que hayan abonado el derecho antes de la actualización no se ven afectados por el nuevo valor.

🎓 Bonificación del Derecho de Inscripción

La Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece una bonificación del 50% sobre el Derecho de Inscripción para profesionales ingresantes, según las condiciones detalladas a continuación.

Ingenieros
Inscripción dentro del primer año desde la recepción del título universitario.
Técnicos
Inscripción dentro del segundo año desde la recepción del título secundario o terciario.

En ambos casos, el monto a abonar con bonificación es de $129.000.

⚠️ La bonificación NO es automática. Para acceder, el profesional debe presentar una nota de solicitud por correo electrónico, junto con la documentación correspondiente.

Esta bonificación se aplica únicamente al Derecho de Inscripción y se otorga por única vez.

⏸️ Suspensión de Matrícula

⏸️ Suspensión de Matrícula

El profesional podrá solicitar la suspensión temporal de su matrícula por razones particulares, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Condición obligatoria:
Para solicitar la suspensión, el profesional deberá haber abonado el 100% del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.

Los profesionales que se encuentren bajo un sistema de pago financiado deberán continuar abonando las cuotas hasta cancelar la totalidad del Derecho Anual, aun cuando la suspensión haya sido solicitada.

Durante la suspensión, la matrícula quedará NO habilitada para el ejercicio profesional y esta situación será informada a los organismos pertinentes.

Una vez abonado el total del Derecho Anual, la matrícula suspendida no generará nuevas deudas, permaneciendo inhabilitada hasta que el profesional solicite el levantamiento de la suspensión.

El pedido de suspensión deberá realizarse mediante nota enviada por correo electrónico. Se permite un máximo de dos (2) solicitudes de suspensión por año.

El levantamiento de la suspensión y la rehabilitación del ejercicio profesional deberán solicitarse por nota enviada por correo electrónico.

🧾 Regularización de Matrícula

🧾 Regularización de Matrícula

Los profesionales que presenten deudas del Derecho Anual del Ejercicio Profesional correspondientes a años anteriores podrán regularizar su situación conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Alcance de la regularización:
• Se deberán abonar como máximo dos (2) años anteriores.
• Los valores se rigen por los Artículos Nº4 y Nº5 de la resolución.

Para acceder a la regularización, el profesional deberá presentar una Declaración Jurada de NO Ejercicio Profesional durante los períodos adeudados.

⚠️ La regularización no es automática y se encuentra sujeta a verificación por parte del CPIM. La presentación de información falsa podrá dar lugar a sanciones.

🛠️ Moratoria Especial / Plan Especial de Pago

🛠️ Moratoria Especial / Plan Especial de Pago

Los profesionales que presenten deudas del Derecho Anual del Ejercicio Profesional y requieran un tratamiento particular del monto adeudado, podrán solicitar una moratoria especial o plan especial de pago, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

¿Cómo se solicita?
• Mediante nota formal
• Enviada por correo electrónico
• Detallando la situación particular del profesional

La solicitud será evaluada por la Comisión Directiva del CPIM y, en caso de ser aprobada, se instrumentará mediante una resolución.

⚠️ La moratoria o plan especial NO es automático y queda sujeto a evaluación y aprobación de la Comisión Directiva. Hasta tanto no exista resolución aprobatoria, la deuda mantiene su estado original.

⚖️ Incumplimiento de Moratorias o Planes Especiales

El incumplimiento reiterado de una moratoria especial o plan especial de pago, aprobado mediante resolución del CPIM, podrá dar lugar a la intervención del Tribunal de Ética del Consejo, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Alcance:
• Aplica únicamente a moratorias o planes especiales aprobados.
• Se considera incumplimiento reiterado el no respeto de las condiciones acordadas en más de una oportunidad.
⚠️ La derivación al Tribunal de Ética no es automática. Cada situación será evaluada según la gravedad y reiteración del incumplimiento, conforme a la normativa vigente.

📌 Deudas del Derecho Anual 2025

📌 Deudas del Derecho Anual 2025

Para los profesionales que adeuden el Derecho Anual del Ejercicio Profesional correspondiente al año 2025, la Resolución CPIM N.º 1524/2025 establece que se mantendrán los valores vigentes al 29 de abril de 2026.

Alcance:
• Aplica únicamente a deudas del año 2025.
• No se aplican actualizaciones posteriores a la fecha indicada.
⚠️ Este beneficio no implica la eliminación de la deuda. El profesional deberá iniciar el trámite correspondiente para regularizar su situación conforme a las opciones vigentes.

🎓 Registro de Títulos de Posgrado o Especialización

🎓 Registro de Profesionales de Formación Profesional

Los profesionales que presenten títulos de formación profesional no comprendidos en la Ley I Nº 11 deberán realizar el registro correspondiente ante el CPIM, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Valor del registro:
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.

A dicho valor se le aplica una bonificación del 50%, siempre que el profesional cumpla con los requisitos establecidos en las resoluciones pertinentes.

⚠️ Este registro aplica exclusivamente a títulos que no se encuentran alcanzados por la Ley I Nº 11. La bonificación se encuentra sujeta a verificación del cumplimiento de los requisitos correspondientes.

🎓 Registro de Títulos de Posgrado o Especialización

Los profesionales que presenten un título de posgrado o especialización deberán realizar el registro correspondiente ante el CPIM, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Valor del registro:
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.

A dicho valor se le aplica una bonificación del 50%, siempre que el profesional tenga al día el Derecho Anual del Ejercicio Profesional.

⚠️ La bonificación no es automática. En caso de registrar deudas del Derecho Anual, el profesional deberá regularizar su situación para poder acceder al beneficio.

🏢 Registro de Empresas

🏢 Registro de Empresas

Las empresas que soliciten su registro ante el Consejo Profesional de Ingeniería deberán abonar el Derecho de Registro de Empresa, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Valor del registro:
• Se toma como base el valor del Derecho de Inscripción (Artículo Nº1).
• El monto se encuentra sujeto a las actualizaciones previstas en el Artículo Nº2.
⚠️ El Registro de Empresa no reemplaza la matrícula de los profesionales responsables y no incluye bonificaciones específicas, salvo resolución expresa.

🏗️ Bonificación para Empresas de Cámaras de la Construcción

Las empresas que se encuentren asociadas a Cámaras de la Construcción podrán acceder a una bonificación del 50% sobre el Derecho de Registro de Empresa, conforme a lo establecido en la Resolución CPIM N.º 1524/2025.

Alcance de la bonificación:
• Aplica al Derecho de Registro de Empresa (Artículo Nº24).
• Bonificación del 50% sobre el valor vigente.

Para acceder a este beneficio, la empresa deberá acreditar su asociación a una Cámara de la Construcción reconocida.

⚠️ La bonificación no es automática. Está sujeta a verificación del cumplimiento de los requisitos correspondientes y no aplica a otros derechos o registros.

🏅 Matrícula Vitalicia

🏅 Matrícula en Condición de Vitalicio

Los profesionales que se encuentren en condición de Vitalicio, conforme a la Resolución CPIM N.º 534/99, tienen condonado el pago del Derecho Anual del Ejercicio Profesional.

Alcance del beneficio:
• Condona el 100% del Derecho Anual.
• No genera deuda por dicho concepto.

Para poder ejercer profesionalmente, el profesional vitalicio deberá solicitar anualmente al Consejo su estado de matrícula habilitada.

⚠️ La habilitación NO es automática.
El trámite debe realizarse mediante nota de solicitud enviada por correo electrónico, todos los años.
⚠️ La Condición para acceder al Beneficio es:
35 Años de Matriculado
30 Años de aportes constantes
65 Años cumplidos
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